Si el seguro es tomado por el inquilino y el siniestro es por incendio, los daños del inmueble se indemnizarán al dueño o locador del mismo, quien es en definitiva el damnificado.
En caso que el seguro contratado incluya el incendio contenido (muebles, artículos electrónicos, etc.), el inquilino cobrará la indemnización por los mencionados bienes que son de su propiedad.